El no cumplir con los requisitos exigidos por la Seguridad Social puede dar lugar a la pérdida de las pensiones y prestaciones ofrecidas por el Gobierno de España. En este mes de agosto, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha alertado a los pensionistas de los trámites obligatorios que deben cumplir para no perder el derecho a pensión. En el caso de que no se lleven a cabo, esto podría suponer la pérdida total o temporal de las pensiones, ayudas o subsidios que estemos recibiendo.
Con la entrada del mes de agosto, muchos en Jerez de la Frontera y toda España se hacen la misma pregunta: ¿puedo perder mi pensión?. El hecho de cumplir los requisitos es vital para no perder la prestación, pero también el mantenerlos con el tiempo para que la Seguridad Social pueda reclamarnos la devolución de las cuantías que estamos recibiendo y con la llegada de las vacaciones hay quienes se olvidan de presentar los trámites exigidos por la administración.
Los motivos por los que la Seguridad Social puede retirarte la pensión
En los últimos días, la Seguridad Social está haciendo llegar un aviso a los pensionistas para que no se olviden de tramitar varias gestiones imprescindibles para mantener sus pensiones. Hablamos de los cambios de domicilio o de cuenta bancaria, aunque tampoco podemos olvidarnos de las defunciones o el inicio de nuevas actividades laborales.
A través de las redes sociales, la Seguridad Social ha subrayado la importancia de informar al organismo de cualquier cambio o variación en su domicilio fiscal o cuenta bancaria. Es fundamental comunicar estos cambios, pues de no hacerlo no se podrá cobrar la pensión, pues la Seguridad Social no sabrá donde debe ingresar el dinero.
En el caso de que hayas cambiado recientemente de domicilio o cuenta bancaria, podrás hacerlo con solo el correo electrónico y una foto del DNI para acceder al servicio habilitado por la Sede Electrónica y continuar los pasos para modificar estos datos.
Asimismo, también puedes llegar a resolver tus dudas o cambiar tus datos de manera presencial en las oficinas de la Seguridad Social, o en su caso, de manera telefónica llamando al número 901106570, en caso de que quieras pedir cita previa, o al 901166565 si quieres obtener información sin necesidad de solicitar una cita previa.
Cambios que deben avisarse a la Seguridad Social
Más allá de las dos situaciones avisadas por la Seguridad Social, en caso de fallecimiento de una persona que recibía prestaciones o pensiones por parte de la Administración, también deberán de notificarse. Para evitar un presunto fraude al Estado, los herederos de la persona fallecida deberán de presentar de manera presencial el certificado de defunción del pensionista en un plazo máximo de 30 días.
Si no se hace, esto puede dar lugar a cobros indebidos y posibles penalizaciones en el futuro a quienes cobren de manera irregular estos pagos. Debemos de tener presente que las pensiones no se hereda, pero sí que existen ciertas ayudas para cónyuges y familiares, como las de viudedad u orfandad.
En caso de que no se notifiquen estos cambios a la Seguridad Social, esto podría conllevar a la pérdida de la pensión de manera definitiva. Eso sí, en un principio, lo que hará la Administración es suspender la ayuda hasta que se corrijan estos errores. En cuanto se presenten de nuevo, te reactivarán tu pensión.



