sábado. 20.04.2024
Esta es la documentación que debes llevar si vas en patinete eléctrico por Jerez
Esta es la documentación que debes llevar si vas en patinete eléctrico por Jerez

Desde el pasado 22 de septiembre, para circular por Jerez de la Frontera con Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se incluyen los patinetes, existe una Ordenanza que regula los usos y comportamientos que deben observarse en el uso de los mismos, además de la documentación que los usuarios deben aportar de forma obligatoria en caso de ser requerida por la Policía Local. 

La modificación introducida en la Ordenanza Municipal de Circulación de Jerez y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, concreta y regula los comportamientos que deben observarse en el uso de entre otros, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Al respecto de por dónde puede circular estos vehículos se dice en el el artículo 84 de dicha Ordenanza:

  • Las personas conductoras de los vehículos de movilidad personal deberán disponer y tener a disposición de los agentes de la autoridad la siguiente documentación:
  1. DNI, NIE, Pasaporte o Documento oficial acreditativo de la identidad para identificar al conductor, así como verificar su edad.
  2. Documentación acreditativa de la homologación/certificación del vehículo de Movilidad Personal con las normas vigentes. Del mismo modo deberá acreditar, por la empresa fabricante o importadora las características esenciales de los mismos (dimensiones, peso en vacío, potencia y velocidad máxima) de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En el supuesto de que el vehículo posea código de lectura tipo 'QR' o similar adherido a l chasis que permita su identificación, éste sustituirá a la documentación acreditativa de las características esenciales del mismo, siempre que sea posible realizar la lectura por parte de los agentes de la Policía Local.
  3. Documentación acreditativa de que dispone de un Seguro de responsabilidad civil, para las empresas con actividad de explotación comercial económica del uso del Vehículos de Movilidad Persona, o en caso de ser obligatorio para particulares según la normativa estatal.

Otras consideraciones

No está permitido circular por las vías y otras zonas de la ciudad con vehículos de movilidad personal que no cumplan con los requisitos técnicos de certificación establecidos o carentes de la documentación indicada anteriormente.

Los agentes de la Policía Local podrán, en cualquier momento, retirar de la circulación o inmovilizar aquellos vehículos de movilidad persona que excedan de las características definidas en la normativa aplicable a dichos vehículos.

Del mismo modo podrán retirar o inmovilizar aquellos vehículos que carezcan de la documentación indiciada. Del mismo modo,  los agentes podrán proceder a la retirada o inmovilización de los VMP por motivos de seguridad, o cuando se considere que dicho vehículo se encuentra abandonado. 

El procedimiento para la retirada del vehículo y el pago de los gastos ocasiones se ceñirá a los establecido en la presente ordenanza y teniendo en cuenta los artículos 104 y 105 del Reglamento General de Circulación.

Esta es la documentación que debes llevar si vas en patinete eléctrico por Jerez