sábado. 04.04.2026

La Junta Electoral Central dice "No" a Puigdemont

Analizamos la Resolución de la Junta Electoral Central sobre las Elecciones Europeas
Andreu Dalmau / EFE

La Junta Electoral Central dice "No" a Puigdemont

Analizamos la Resolución de la Junta Electoral Central sobre las Elecciones Europeas

El día 26 de mayo de 2019 volveremos a tener elecciones. Uno de los procesos electorales a los que tendremos que votar es el de las Elecciones Europeas, que llenarán el Parlamento Europeo de los representantes de los diferentes países de la Unión.

A estas elecciones se han intentado presentar bajo el nombre “Lliures per Europa (JUNTS)” Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsati. No obstante, Ciudadanos y Partido Popular reclamaron ante la Junta Electoral Central - JEC, bajo el pretexto de que no podían ser elegibles.

La JEC expone que los tres están censados en España, pero desde el 3 de noviembre de 2017 no se encuentran en España. En consonancia con el Auto de 9 de julio de 2018 de la Causa Especial 20907/2017 (Juicio del Procés), están declarados en Rebeldía ya que han huido de la justicia española.

Por ello, la Junta Electoral, entre otras cuestiones (es una resolución de 9 páginas con voto particular) estima el recurso y excluye a estos tres candidatos. No obstante, el citado voto particular, suscrito por cuatro de los jueces de la JEC, expone que no debería habérseles excluido. Esta opinión también la comparte el Tribunal Supremo.

Ello ya que entienden que la rebeldía penal no puede suponer causa de inelegibilidad, y que tampoco los partidos pueden impugnar el Censo, entre otros.

Aun así, la decisión ya ha sido recurrida, y con el voto particular en la mano, es posible que se les dé la razón. Habrá que esperar y ver qué acaba sucediendo.

La Junta Electoral Central dice "No" a Puigdemont