sábado. 20.04.2024
Violencia de Género
Violencia de género

El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ha convocado las dos líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género para el ejercicio 2021 con un presupuesto conjunto de 690.058,1 euros.

En un comunicado, la Junta de Andalucía señala que la presentación de las solicitudes ya ha comenzado, tras la publicación este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y podrán enviarse durante todo el año 2021.

La consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz, ha destacado que "la principal novedad de esta convocatoria es que por primera vez se podrán compatibilizar las dos líneas de subvenciones reguladas en la Orden del 23 de febrero por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas, así como con otras ayudas".

A este respecto, Ruiz ha incidido en que "desde la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación nos comprometimos a modificar todas las bases reguladoras de las subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer con el propósito de que fueran más transparentes, claras y adaptadas a las necesidades reales de las mujeres andaluzas, especialmente a las víctimas de violencia de género. En este caso concreto, la experiencia acumulada así como los diferentes cambios normativos han hecho necesaria la redacción de las nuevas bases reguladoras que esperamos que contribuyan a que las mujeres víctimas de violencia machista puedan salir del ciclo de la violencia".

En concreto, el BOJA ha publicado la convocatoria de la Línea 1 de ayudas económicas a víctimas de violencia de género por 209.000 euros y la Línea 2 de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo por 481.058,1 euros. El presupuesto de esta nueva convocatoria crece ligeramente con respecto al pasado año (un 0,6%).

No obstante, en la resolución firmada por la directora del IAM, Laura Fernández, se aclara que estas cuantías podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso habrá que aprobar una resolución complementaria que incluya solicitudes que, aún cumpliendo los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Incremento de la ayuda 

Precisamente, el pasado año se produjeron dos incrementos de créditos con respecto a la convocatoria original y se concedieron un total de 167 ayudas en toda Andalucía por valor de 895.710,92 euros, lo que supone 131.578,82 euros más que en 2019 y una subida del 17,21 por ciento de la financiación.

Los requisitos para solicitar las ayudas de la Línea 1, dirigida a mujeres víctimas de violencia de género, es estar acogida en el Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres Víctimas de Violencia de Género o haberlo estado en el plazo de seis meses con anterioridad a la solicitud, así como tener ingresos inferiores o iguales al Salario Mínimo Interprofesional, un informe positivo del equipo técnico del centro de acogida y no haber percibido la ayuda antes.

A este respecto, la máxima responsable de las políticas de igualdad en Andalucía ha subrayado que "las nuevas bases permiten compatibilizar estas ayudas con las de la Línea 2 con la idea de ofrecer mayor cobertura económica a mujeres víctimas de violencia de género y a las personas a cargo y así potenciar su autonomía para que puedan salir de la situación de violencia". "Además, se gana en transparencia al incluirse el baremo que el personal técnico utiliza para la puntuación y además se define la documentación a aportar por las mujeres para justificar su situación personal", se añade.

Línea 2 de ayudas para mujeres en Andalucía

Mientras tanto, para la Línea 2 de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo las solicitantes deben acreditar la situación de violencia con una sentencia condenatoria, con la orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima o con un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de la demandante es víctima de violencia de género. Asimismo, debe carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), tener especiales dificultades para encontrar un empleo y no haber percibido la ayuda con anterioridad ni convivir con el agresor.

La consejera ha señalado que "en la Orden del pasado febrero se establece que estas ayudas serán compatibles con cualquiera de las previstas en la Ley 35/1995, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, así como con cualquier otra ayuda económica de carácter autonómico o local concedida por la situación de violencia de género. Así, por ejemplo, ahora la demandante puede haber percibido la Renta Activa de Inserción (RAI) con anterioridad y eso no le impediría solicitar esta ayuda, siempre y cuando no la haya solicitado al mismo tiempo o la esté percibiendo en el momento de hacer la solicitud". "La RAI igualmente también acepta que la mujer haya percibido esta subvención", agrega.

Solicitudes para la ayuda 

Las solicitudes de subvención se presentarán conforme a los modelos que figuran en el anexo de la presente resolución. Además, tanto las solicitudes como los formularios de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web del propio Instituto Andaluz de la Mujer ('www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer'), así como en las sedes del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros Provinciales de la Mujer. Estas solicitudes se podrán presentar en los registros de cualquier órgano administrativo, así como en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía ('https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina/tramites/acceso').

El IAM abonará el cien por cien del importe de la ayuda, previa justificación por la persona beneficiaria del cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases reguladoras para obtener dicha condición de beneficiaria.

IAM impulsa nuevas ayudas para mujeres víctimas de violencia de género en Andalucía