En toda España, también en Jerez de la Frontera, las amas de casa son uno de los grupos menos tenidos en cuenta por parte de las Administraciones. Después de toda una vida dedicada al trabajo silencioso del hogar, una vez llegadas a la edad de jubilación todas se hacen la misma pregunta: ¿pueden las amas de casa cobrar una pensión?. En respuesta a esta cuestión, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene ciertas ayudas que permitan salvaguardar la economía de este grueso sector que también tiene derecho a una pensión de jubilación decente.
En este sentido, siempre dependerá de la situación individual de cada persona, pues es posible que existan amas de casa que no han cotizado un solo euro, mientras que otras podrían acogerse a los beneficios de las pensiones contributivas por lo realizado en el mundo laboral durante toda su vida. Es aquí donde entran en juego las pensiones contributivas y no contributivas de la Seguridad Social.
No obstante, antes de pasar a descubrir las características de ambas pensiones, debemos de tener en cuenta que no es lo mismo ser ama o amo de casa, que empleado o empleada del hogar. Las empleadas del hogar perciben salario y cotizan mensualmente a la Seguridad Social para disfrutar de una pensión en el futuro, mientras que las amas de casa no reciben nomina y no cotizan a las arcas de la Administración.
Pensiones contributivas de jubilación para amas de casa
En primer lugar, destacamos las pensiones contributivas para aquellas amas de casa que hayan cotizado el mínimo suficiente para optar a estas ayudas de la Seguridad Social. Estas abren las puertas de una posible pensión contributiva en la que se deberán de cumplir sí o sí todos sus requisitos y condiciones.
Para poder llegar a estas ayudas se deben cotizar al menos 15 años, de los cuales dos de ellos deben de pertenecer a los últimos 15 anteriores a la solicitud de la pensión. Además, se deben tener 65 años como mínimo para aquellos que no hayan cotizado 38 años.
Cumplir estos requisitos dará acceso a las pensiones contributivas, sin embargo, todo dependerá de la base reguladora y los años cotizados. Si cuentas con 15 años de cotización, el mínimo para optar a una pensión contributiva, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora.
Así, para las amas de casa que tengan 36 años y 6 meses cotizados, podrán tener derecho al 100% de la pensión. No obstante, conviene saber que este contexto es poco realista para las amas de casa que han dedicado su vida al cuidado del hogar, siendo prácticamente imposible que cuenten con tantos años cotizados. Aquí es donde entran las pensiones no contributivas, la gran salvación para este sector en España.
La ayuda para las amas de casa: así son las pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas están dirigidas a personas con bajos ingresos, poca cotización y que cumplen con los requisitos impuestos por la Seguridad Social en consonancia con las Comunidades Autónomas y el IMSERSO. Para optar a estas ayudas se debe tener al menos 65 años y vivir en España durante 10 años o más con ingresos por debajo de ciertos límites.
En este 2024, el límite máximo de ingresos para una persona que vive sola es de 7.250,60 euros al año. Estos ingresos se dividen en 14 pagas, o lo que es lo mismo, un extra de 517,90 euros mensuales. En caso de tener algún tipo de ingreso, la cantidad recibida puede alcanzar un mínimo del 25% que daría lugar a 129,48 euros mensuales, que son 1.812,65 euros al año.
En definitiva, una persona que ha dedicado su vida al trabajo del hogar, puede llegar a cobrar una pensión no contributiva para tener un sustento mínimo. No obstante, en la mayoría de los casos se trata de una cuantía insuficiente, pues con 517 euros al mes se hace complicado imaginar que una persona pueda sobrevivir tras llevar toda una vida trabajando en el hogar.
Si cumples con todos los requisitos, esta ayuda puede solicitarse de manera presencial, de manera telemática o por Internet. En el caso de que decidamos acudir a una oficina de la Seguridad Social para tramitarla, debemos de llevar con nosotros el DNI y completar el formulario que allí nos faciliten.