viernes. 26.04.2024

Abierto el plazo del voto por correo para las elecciones generales del 28A

Los votantes que tramitaron el voto por correo han comenzado a recibir la documentación para realizarlo

Las elecciones generales ya están aquí, se palpa en el ambiente y también en los procesos de votación. Desde el pasado lunes 8 de abril, ya se han comenzado a entregar toda la documentación necesaria para todos aquellos que solicitaron el voto por correo. Dicho plazo termina el próximo 21 de abril.

Si se encuentra en España pero no en el lugar donde está censado para votar, el procedimiento para participar en las elecciones es el siguiente:

  1. Deberá acudir a cualquier oficina de Correos para recoger toda la documentación necesaria. Una vez tramitado, le enviarán a su domicilio por correo certificado la documentación necesaria para realizar el voto. Para completar este proceso es imprescindible presentar el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia en el extranjero.
  2. Una vez recibida la documentación, deberá rellenar la papeleta de voto, insertarla de nuevo en un sobre y cerrarlo completamente.
  3. Por último, terminado el voto, tendrá que llevar dicho sobre, donde se encuentra la papeleta, a cualquier oficina postal, con el certificado de inscripción en el censo electoral. Para este proceso se tiene de plazo hasta el 24 de abril.

En tres sencillos pasos podrá votar desde cualquier punto de España sin tener que verse obligado a votar el día 28. En caso de que se encuentre enfermo o tenga alguna incapacidad, esto se deberá acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso otra persona podría votar en su lugar ya que estará autorizada.

Abierto el plazo del voto por correo para las elecciones generales del 28A