viernes. 26.04.2024
El hospital Torrecárdenas de Almería
Pierde la visión de un ojo tras una operación en Almería: esta es la indemnización que recibe

Un error médico con consecuencias graves que, por fin, ha tenido resolución de Almería. Se trata del caso del hombre que perdió la visión de un ojo tras ser sometido a una operación. Tras la acción de la justicia ya se conoce la indemnización que va a recibir.

De esta manera, un juzgado de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 209.000 euros a un paciente que perdió la visión de un ojo en una intervención quirúrgica para tratar los sangrados recurrentes de nariz que sufría.

La Audiencia Provincial de Almería
La Audiencia Provincial de Almería

A este respecto, hay que considerar que la sentencia estima íntegramente la demanda del letrado Ignacio Martínez y considera acreditado que el consentimiento informado para la operación "no se llevó a cabo, tampoco de forma verbal".

Pierde un ojo tras una operación en Almería

En este sentido conviene aclarar que le paciente, de 65 años, padecía sangrados recurrentes de nariz, conocidos como epistaxis, por los que recibió diversos tratamientos hasta que en agosto de 2017 fue derivado al Hospital Universitario Torrecárdenas de la capital para una mejor valoración.

Se asegura que el paciente "no firmó" consentimiento informado para la embolización que se le iba a practicar, y tampoco fue advertido "ni de palabra ni por escrito en ningún momento del riesgo típico de ceguera que arrostraba y que sufrió ese mismo día en el ojo derecho". Como consecuencia de todo ello precisó numerosas asistencias, tratamiento psicológico y psiquiátrico, largos períodos de baja laboral, y finalmente incapacidad permanente total.

Reproches a la administración

En relación a lo ocurrido, el Juzgado de Primera Instancia 2 de Almería reprocha a la administración, "en un claro intento de suplir ahora la falta de consentimiento informado", que "conjeture" acerca de que si el paciente firmó el consentimiento informado de la arteriografía "debía conocer que también se le haría la embolización, algo que en modo alguno puede aceptarse".

Asimismo confirma que de la prueba practicada se desprende que la ceguera "era un riesgo incluso habitual en las intervenciones como la embolización que se llevó a cabo, por lo que debió informarse al paciente expresamente sobre ese riesgo, sin que baste la alegación genérica a lesiones cerebrales o muertes".

El fallo considera que tampoco resulta acreditado que se informase al paciente "de las opciones para tratar la epistaxis, resultando probado que las intervenciones realizadas en su día no solucionaron dicho problema. Por lo tanto, la embolización no era una técnica que necesariamente hubiera de emplearse en este paciente de forma imprescindible, lo que agrava aún más la ausencia de consentimiento informado".

Pierde la visión de un ojo tras una operación en Almería: esta es la indemnización que...